Cómo rellenar el Modelo 036 (Completed, needs revising)

Cómo rellenar el Modelo 036 (Completed, needs revising)

¿Qué es el modelo 036?

El modelo 036 es la declaración censal oficial de la Agencia Tributaria Española (AEAT) utilizada para el alta, modificación o baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Es obligatorio para personas físicas y jurídicas que comiencen una actividad económica o deban practicar retenciones en España.

  • Permite realizar tres tipos de trámites:

    • Alta: cuando se inicia una actividad económica por primera vez

    • Modificación: cuando cambian datos relevantes (domicilio, actividad, régimen de IVA, etc.)

    • Baja: cuando se cesa la actividad

  • Recoge la siguiente información:

    • Datos identificativos del declarante (NIF, nombre, domicilio)

    • Tipo de actividad y epígrafe del IAE correspondiente

    • Régimen de IVA aplicable (general, simplificado, exento, recargo de equivalencia…)

    • Obligaciones de IRPF o Impuesto de Sociedades

    • Obligaciones como retenedor (si se tienen trabajadores o se paga a profesionales)

    • Domicilio fiscal y, en su caso, locales de negocio

En resumen, el modelo 036 es el punto de partida obligatorio antes de emitir cualquier factura o liquidar cualquier impuesto derivado de una actividad profesional o empresarial.

¿Quién debe cumplimentarlo?

La AEAT estipula que deben cumplimentar el modelo 036:

  • Empresarios y profesionales individuales

  • Sociedades y personas jurídicas

  • Entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, herencias yacentes…)

  • Cualquier persona obligada a retener o ingresar a cuenta

En el caso del proyecto R01, las figuras que deberán presentarlo son:

  • Clínicos con contrato menor (autónomos o no) - NO aplica régimen de IVA.

  • Transcriptores - SÍ aplica régimen de IVA.

¿Cómo y dónde se debe cumplimentar y presentar?

El modelo 036 se puede presentar tanto de forma presencial como telemática:

  1. Cumplimentación telemática en la sede electrónica de la AEAT, es necesario disponer de una identificación telemática:

    • Cl@ve Móvil

    • Certificado o DNI electrónico

    • eIDAS (Ciudadanos de la UE)

  2. Cumplimentación online + presentación en papel (vía predeclaración): se rellena el formulario en la sede electrónica, se genera un PDF con código seguro, se imprime y se presenta físicamente en:

    • Delegaciones o Administraciones de la AEAT

    • Registros oficiales

  3. Presencialmente en una oficina de la AEAT. El modelo se puede:

  4. A través de un representante o gestor

Pasos para la cumplimentación del modelo 036 según la profesión

Transcriptores - Con IVA Alta - antes de presentar la factura Datos identificativos  101. NIF  102-103. Apellidos y Nombre  Causas de presentación  A, ALTA  111. X  Lugar, fecha y firma  Declaración de actividades económicas y locales  A) ACTIVIDAD  400. OTROS PROFESIONALES RELACIONADOS CON LOS SERVICIOS DE LA INFORMACIÓN  402. 799 2  403. PROFESIONALES  404. A05  B) LUGAR DE REALIZCIÓN DE LA ACTIVIDAD  405. X  406. Fecha de inicio de la actividad   411. BARCELONA, BARCELONA  Impuesto sobre el valor añadido  A) INFORMACIÓN DE OBLIGACIONES  500. SÍ  501. NO  513. NO  740. NO  B) INICIO DE ACTIVIDAD  502. X  503. Fecha de inicio de la actividad  C) REGÍMENES APLICABLES  510. Alta 511. 799 2  512. Fecha de inicio de la actividad  E) DEDUCCIONES  587. NO  IRPF  A) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS  609. X  650. Fecha de inicio de la actividad  Baja - después de presentar la factura Datos identificativos  101. NIF  102-103. Apellidos y Nombre  Causas de presentación C) BAJA 150. X  151. Especificar causa  152. Fecha efectiva de baja  Lugar, fecha y firma  Declaración de actividades económicas y locales A) ACTIVIDAD 400. OTROS PROFESIONALES RELACIONADOS CON LOS SERVICIOS DE LA INFORMACIÓN  402. 799 2  403. PROFESIONALES  404. A05  B) LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD 408. X  409. Fecha de baja de la actividad  411. BARCELONA, BARCELONA  A) INFORMACIÓN DE OBLIGACIONES  500. SÍ  501. NO  513. NO  740. NO  C) REGÍMENES APLICABLES  510. Baja 511. 799 2  512. Fecha de inicio de la actividad 
Clínicos - Sin IVA Alta - antes de presentar la factura Datos identificativos  101. NIF  102. Apellidos y Nombre  Causas de presentación  A, ALTA  111. X  Lugar, fecha y firma  Declaración de actividades económicas y locales  A) ACTIVIDAD  Logopedas: 400. OTROS PROFESIONALES RELACIONADOS CON SERVICIOS 402. 899  403. PROFESIONALES  404. A05  Psicólogos: 400. DOCTORES Y LICENCIADOS EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES, PSICÓLOGOS, ANTROPÓLOGOS, HISTORIADORES Y SIMILARES 402. 776  403. PROFESIONALES  404. A05  B) LUGAR DE REALIZCIÓN DE LA ACTIVIDAD  405. X  406. Fecha de inicio de la actividad   411. BARCELONA, BARCELONA  Impuesto sobre el valor añadido  A) INFORMACIÓN DE OBLIGACIONES  501. SÍ  B) INICIO DE ACTIVIDAD  502. X  503. Fecha de inicio de la actividad  IRPF  A) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS  609. X  650. Fecha de inicio de la actividad  Baja - después de presentar la factura Datos identificativos  101. NIF  102-103. Apellidos y Nombre  Causas de presentación C) BAJA 150. X  151. Especificar causa  152. Fecha efectiva de baja  Lugar, fecha y firma  Declaración de actividades económicas y locales A) ACTIVIDAD  Logopedas: 400. OTROS PROFESIONALES RELACIONADOS CON SERVICIOS 402. 899  403. PROFESIONALES  404. A05  Psicólogos: 400. DOCTORES Y LICENCIADOS EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES, PSICÓLOGOS, ANTROPÓLOGOS, HISTORIADORES Y SIMILARES 402. 776  403. PROFESIONALES  404. A05  B) LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD 408. X  409. Fecha de baja de la actividad  411. BARCELONA, BARCELONA 

FAQ

¿Darse de alta en la AEAT mediante el modelo 036 significa hacerse autónomo? No, aunque el alta en la AEAT y el alta como trabajador autónomo se den en ambos casos mediante la presentación del modelo 036 a la AEAT, no implica automáticamente estar dado de alta como autónomo. En el caso de un trabajo eventual, con una emisión esporádica de facturas pequeñas, como por ejemplo, un transcriptor, solamente es necesario darse de alta en el censo antes de emitir una factura y darse de baja una vez esta esté emitida. Información adicional sobre el RETA: Un trabajador autónomo, además de rellenar el modelo 036, también tiene que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Tesorería General de la Segurigad Social (TGSS). Sin estar dado de alta en el RETA, no se cotiza a la TGSS como autónomo, acumulando deuda. Por eso, en caso de hacerse autónomo, se recomienda presentar el alta en la AEAT y en el RETA de forma simultánea o con poca diferencia de tiempo. La baja de autónomo por cese de actividad tiene que comunicarse tanto a la AEAT (baja modelo 036) como a la TGSS (baja RETA).
¿Cuándo es necesario que un trabajador se de de alta como autónomo? Según el Estatuto del Trabajo Autónomo, deben darse de alta en el RETA quienes realicen una actividad económica de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia. La ley no exige un mínimo de ingresos concreto, lo que genera una zona gris frecuente en la práctica. Como referencia orientativa, la Seguridad Social y los tribunales han utilizado el Salario Mínimo Interprofesional anual (~16.576€ en 2025) como indicador informal, pero no es un umbral legal escrito, por lo que no garantiza estar exento de la obligación. Algunos criterios jurisprudenciales sugieren que, si ya se percibe otro sueldo, los ingresos totales (no solo los facturados) podrían tenerse en cuenta para valorar la habitualidad, aunque no existe doctrina consolidada al respecto. Si se emiten facturas, la relación que se establece con la institución contratante es mercantil, no laboral. En ese caso, si la actividad es habitual, existe obligación de darse de alta en el RETA. Una factura puntual y aislada puede no constituir habitualidad, pero es una situación que conviene valorar con un asesor.
¿Por qué los transcriptores tienen obligaciones de IVA y los clínicos no? Porque la Ley del IVA exime expresamente de este impuesto a la asistencia sanitaria prestada por profesionales titulados, cuando su finalidad es el diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades. El legislador consideró que gravar con IVA la atención sanitaria encarecería el acceso a la salud, por lo que la excluye. La transcripción, en cambio, es un servicio de carácter administrativo o lingüístico. Aunque el transcriptor trabaje para clínicas o maneje documentación médica, lo que factura es un servicio de texto, no asistencia sanitaria, por lo que tributa al 21% de IVA como cualquier otro servicio profesional. El IVA se declara mediante el modelo 303, de forma trimestral, más un resumen anual con el modelo 390. Es obligatorio presentarlo aunque el resultado sea cero (declaración "sin actividad"). Se presenta telemáticamente con certificado digital, Cl@ve o a través de un representante (gestor). Sede electrónica AEAT > Todos los trámites > Impuestos y tasas > IVA > Modelo 303/390 Períodos de presentación: Trimestre - Modelo 303 Periodo Plazo de presentación 1T Enero-Marzo 1-20 de abril 2T Abril-Junio 1-20 de julio 3T Julio-Septiembre 1-20 de octubre 4T Octubre-Diciembre 1-30 de enero Anual - Modelo 390 Todo el año anterior 1-30 de enero
¿Qué es el epígrafe IAE y dónde puedo encontrarlo? El epígrafe es simplemente el código numérico clasificatorio que identifica y categoriza cada tipo de actividad económica dentro de las tarifas del IAE. Es un "código de actividad" que informa a Hacienda exactamente a qué te dedicas. Se puede encontrar de diferentes formas: Buscador de la AEAT: en la sede electrónica de la AEAT hay un buscador específico. Documento oficial de tarifas del IAE disponible en → buscando "tarifas IAE 1175/1990" Durante la cumplimentación del modelo 036: el propio formulario online de la AEAT incluye un buscador integrado que te sugiere el epígrafe al escribir el nombre de tu actividad, lo que lo hace muy accesible sin necesidad de consultar el BOE.

Para más información, podéis consultar la página web de la AEAT.